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Violencias y Discriminación

«Para la Udelar no son admisibles los actos de violencia, físicos o psicológicos, el trato denigrante o irrespetuoso, ni todos aquellos comportamientos que provoquen humillación, ofensa injustificada, temor, daño físico o emocional, puedan contribuir a crear un ambiente de trabajo o estudio intimidatorio, ofensivo u hostil así como tampoco tolera comportamientos de acoso sexual, laboral y en las relaciones de estudio». Res. N.° 6 del 26 de marzo de 2019.


El 22 de diciembre de 2020 el CDC de la Udelar aprobó la Ordenanza de actuación ante casos de violencia, acoso y discriminación (que comenzó a regir el 5 de abril de 2021), buscando erradicar mediante procedimientos de actuación cualquier expresión de violencia, acoso y discriminación en el ámbito laboral y educativo con el fin de preservar el derecho al trabajo y estudio en ambientes libres de estos comportamientos.



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