REGLAMENTACIONES PLAN DE ESTUDIOS 1998


Aprobadas por el Consejo de la Facultad de Veterinaria
Repartido Nº 318/97


CRITERIOS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DEL PLAN DE ESTUDIOS


1.        Calendario de cursos y exámenes


       1.1.        Las clases comenzarán el primer lunes del mes de marzo y se extenderán hasta el 30 de junio para los cursos pertenecientes a las Áreas de número impar y entre el 10 de agosto y el 30 de noviembre para los cursos pertenecientes a las Áreas de número par.
       1.2     Los períodos de exámenes serán los siguientes:
               Dos períodos en Febrero
               Un período en Marzo
               Un período en A        bril
               Un período en Mayo
               Un período en Julio
               Dos períodos en Agosto
               Un período en Setiembre
               Un período en Octubre
               Un período en Diciembre

               (Resolución del Consejo de Facultad en sesión del 17 de diciembre de 2004).

       1.3        Los períodos de exámenes para las Areas I y II son los siguientes:
               Período doble de Febrero
                                       1ra fecha: primera quincena
                                                             2da fecha: segunda quincena
               Período  triple de Julio        
                                       1ra fecha: primera quincena de julio
                                                             2da fecha: segunda quincena de julio
                                                             3ra fecha: primera quincena de agosto
               Período doble de diciembre  
                                       1ra fecha: primera quincena
                                                                  2da fecha: segunda quincena
               Períodos excepcionales:        
                                       para aquellos estudiantes que no cursen ninguna asignatura curricular se implementarán períodos de exámenes en las segundas quincenas de los meses de abril, setiembre y noviembre.

       1)        Mantener, por este año, el régimen de once períodos para todas las Áreas excepto las Áreas I y II para las cuales se mantendrá el régimen anterior.
(6 en 10)
(Resolución del Consejo de Facultad en sesión del 25 de febrero de 2005)


2.        Clases Teóricas, Clases Prácticas y la Carga horaria por estudiante

       2.1.        Las clases teóricas tendrán una duración máxima de 90 minutos.
       2.2.        Dentro de una misma Área el horario de las clases prácticas se agrupará de forma coordinada en horario matutino y vespertino.
       2.3.        La carga horaria semanal por estudiante no superará las 25 horas por semana. Esto permitirá dedicar al estudio o a la realización de otras actividades un número equivalente en horas.
       2.4.        De acuerdo a lo resuelto por el Consejo en sesión ordinaria de fecha 13/06/01: "Cuando las evaluaciones no coincidan con los horarios asignados para los cursos o coincidiendo excedan la capacidad de los salones de clase, se utilicen los días sábados como lo propone la reglamentación del Plan de Estudios 1998"; se recomienda que los días sábados se utilicen para el cumplimiento de actividades docentes.


3.        Evaluación

       3.1.1.  La evaluación será continua a lo largo del curso, aplicándose en las actividades prácticas, salidas, talleres, u otras actividades que se propongan.
       3.1.2.   Durante el desarrollo de un curso se aplicarán un máximo de 3  (tres) pruebas.
En caso de que sean tres, la última deberá ser de carácter globalizador, salvo excepciones habilitadas por el Consejo.
       3.1.3.   En ningún caso los sistemas de evaluación podrán considerar puntos negativos.

       3.1.             Ganancia del Curso y exoneración. 

                          3.2.1        El derecho a dar examen se gana:
               3.2.1.1 Obteniendo el 50% (cincuenta por ciento) PROMEDIO entre todas las actividades propuestas por el curso (pruebas, seminarios, talleres, pasantías, prácticos, etc.).
               3.2.1.2 No sobrepasando entre el 20% (veinte por ciento) y el 30% (treinta por ciento) de inasistencias en clases prácticas y teórico-prácticas (la asistencia a las clases teóricas no es obligatoria).

       3.2.2 Exoneración:

               3.2.2.1 No deberán rendir examen aquellos estudiantes que habiendo ganado el curso, obtengan un mínimo del 65 a 75% (sesenta y cinco a setenta y cinco por ciento), a criterio de las Areas, en cada una de las pruebas de evaluación del curso (parciales y globalizadora). En caso de desearlo el estudiante podrá renunciar (en forma definitiva) por escrito a este derecho. 
               3.2.2.2 Se podrán considerar exoneraciones parciales por unidades temáticas o módulos a criterio de las Areas correspondientes.
               3.2.2.3 Aquellos estudiantes que al inscribirse al curso no cumplan con las previaturas de exámenes y alcancen el porcentaje de exoneración, esta se validará  al aprobar los exámenes previos correspondientes.

               3.2.3 Los sistemas de evaluación, junto con las exigencias para la aprobación y exoneración de los cursos deberán ser aprobados por el Consejo de la Facultad de Veterinaria y presentados a los estudiantes por escrito al inicio de los respectivos cursos, detallando el peso relativo en porcentajes de cada actividad.
               3.2.4 Los criterios aprobados permanecerán vigentes hasta que una nueva propuesta sea aprobada por el Consejo de la Facultad de Veterinaria.


NOTA: Resolución del Consejo de la Facultad de Veterinaria
        (Exp. Nº 309/01419/99)
La nota de exoneración será adjudicada según la siguiente escala:
(Resolución del Consejo 10/12/2001)


       Porcentaje         Nota
       65%                   B.B.B
       70%                B.B.MB
       75%                MB.MB.B
       80%                MB.MB.MB
       85%                MB.MB.S
       90%                S.S.MB
       95 - 100%        S.S.S


4.        Validez de cursos y número de veces en que se podrá rendir exámenes o recursar asignaturas.

       4.1.        Los cursos una vez aprobados, no perderán validez. (Res. Consejo del 8/12/06)
       4.2        El estudiante podrá recursar voluntariamente (teniendo el curso ganado) sólo luego de pasado 3 (tres) años de su ganancia.


Plazo para inscribirse a exámenes
       Los estudiantes tienen un plazo de 48 horas para inscribirse o desistir de rendir examen.
(Resolución del Consejo en sesión del 11/6/03).

       1) Dejar sin efecto la resolución Nº 20 adoptada por el Consejo de la Facultad de Veterinaria en Sesión de fecha 1º de junio de 2001, por no definir el procedimiento adecuado para derogar o cambiar el Art. 4º del Reglamento de Exámenes aprobado por el Consejo Directivo Central el 27/12/67.
Aceptar en consecuencia que el día de la fecha dicho Art. 4º está vigente.
       2) Interpretar que en el Art. 4º donde dice "prohibición de rendir examen por un período", se refiere al examen de la misma materia y por una fecha.
       3) Elevar al Consejo Directivo Central la interpretación que figura en el punto 2, solicitando su aprobación.
(Resolución del Consejo en sesión del 26/5/04).

Cursos optativos
       Se habilita a los estudiantes de cualquier Ciclo Orientado a tomar cursos optativos de los otros dos Ciclos Orientados.
(Resolución del Consejo en sesión del día 8/10/03).

Mesas Especiales
       Aplicar la normativa del Plan 1980 en lo referente a Mesas Especiales al Plan 1998.
(Resolución del Consejo en sesión del día 29/10/03)