FACULTAD DE VETERINARIA
Montevideo, 7 de agosto de 1985
ESQUEMA DE PUNTAJES MÁXIMOS A APLICAR EN LOS DIFERENTES RUBROS PARA LA EVALUACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE LOS ASPIRANTES A CARGOS DOCENTES INTERINOS PARA GRADOS 2 Y 1
Aprobado por el Consejo de la Facultad de Veterinaria en sesión del 31.07.85
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ITEM |
RUBRO |
PUNTAJE |
PUNTAJE MÁXIMO |
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1) ESTUDIOS |
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20 puntos |
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Escolaridad |
8 |
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Títulos |
8 |
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Otros estudios |
4 |
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2) DOCENCIA |
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25 puntos |
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Concursos |
10 |
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Docencia curricular |
10 |
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Doc. extracurricular |
5 |
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3) INVESTIGACION |
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10 puntos |
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4) ACT. PROFESIONAL |
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6 puntos |
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Específica |
4 |
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Inespecífica |
2 |
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5) EXTENSIÓN |
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6 puntos |
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Institucional |
3 |
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Libre |
3 |
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6) OTROS |
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5 puntos |
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PUNTAJE TOTAL POSIBLE |
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72 PUNTOS |
PAUTAS PARA LA EVALUACIÓN DE
LOS ANTECEDENTES DE LOS ASPIRANTES A CARGOS DOCENTES EN LOS LLAMADOS A GRADOS 2
Y 1 EN LA FACULTAD DE VETERINARIA.
1) A los efectos de hacer lo más objetiva posible la evaluación de los méritos de los postulantes que se presentan, a los llamados a aspirantes que realizó la Facultad para grados 2 y 1, se elaboraron astas pautas como apoyo a la labor de las Comisiones Asesoras. Las Comisiones serán integradas por cuatro miembros, electos por consenso en el Consejo de la Facultad, entre profesionales de reconocida trayectoria. El hecho de aspirar a cualquier cargo inhabilitará automáticamente al candidato a integrar comisión alguna. Se creará una Comisión Asesora Coordinadora compuesta por cuatro miembros, cada uno de los cuales será el delegado de las subcomisiones de Área: Básicas, Médica, Tecnología y producción, Cada sub-comisión estará integrada por tres o cuatro miembros.
2) Cada Comisión o Sub-Comisión podrá efectuar las modificaciones que estime pertinentes. En dicho caso, así como en las circunstancias que utilizare criterios disímiles a los propuestos, se elevará la fundamentación correspondiente.
3) Compete a la Comisión Asesora Coordinadora recabar los informes de las Sub-Comisiones, que deberán hacerse por escrito y ORIENTAR a éstas en los criterios de evaluación de los aspirantes.
4) En caso de un único aspirante para un cargo, y que posea reconocidos y fundados méritos a criterio de la Sub-Comisión correspondiente, ésta podrá optar fundadamente por el criterio de recomendar al Consejo el nombramiento del aspirante sin realizar la puntuación de los méritos presentados.
5) La metodología a emplear consistirá en puntuar los méritos en los diferentes ítem, en los que los antecedentes, debidamente documentados de los postulantes resulten de interés para la decencia y en beneficio de la misma.
Dichos ítem comprenden: 1- Estudios
2- Docencia
3- Investigación
4- Actuación Profesional
5- Extensión
6- Otros
Cada postulante será calificado en cada ítem de acuerdo a las escalas que se especifican y según la valoración que efectúe cada Sub-Comisión.
De éste modo el puntaje total se obtendrá sumando los puntajes parciales de cada área.
6) Cada ítem posee un determinado puntaje total máximo, discriminado entre sus componentes.
Se divide en tres rubros, con un puntaje máximo de 20 puntos.
Estos Rubros son:
1.1 Escolaridad. Se trata de las calificaciones obtenidas en la Facultad, Escuela o Instituto en los que se realizaron los estudios de graduación, se haya obtenido ésta o no. Se adjudicarán hasta cuatro puntos por la calificación en la asignatura llamada o equivalente en otra Institución. Se adjudicarán hasta cuatro puntos por las calificaciones promedio en la carrera. Para estos rubros el puntaje se establecerá mediante regla de tres simple.
1.2 Títulos. Se incluyen aquí los títulos de grado obtenidos en la Facultad, en otras Facultades o Escuelas de la Universidad de la República, Instituto de Profesores “Artigas” o en Instituciones extranjeras de reconocido nivel universitario. Se computarán hasta 8 (ocho) puntos por un título mayor de la Universidad o similar. Por otros títulos el puntaje se realizará en una escala descendiente de 7 (siete) a 0 (cero), según el nivel en la disciplina correspondiente.
1.3 Otros estudios. Se considerarán aquí primordialmente estudios de post-grado, Asimismo se tendrán en cuenta otros estudios de grado y cursos y cursillos de capacitación, actualización y especialización. Se atribuirán hasta 4 (cuatro) puntos en este rubro.
Se tendrán en cuenta:
Se divide en tres rubros, con un máximo de 25 (veinticinco) puntos.
1.4 Concursos. En este rubro se valoran los concursos de pruebas y méritos.
- Concurso para la asignatura, aprobado, ganado y bien calificado: hasta 2 (dos) puntos post-grado concursado; no pudiendo en ninguna circunstancia superar los
10 (diez) puntos en total.
- Concurso en materias similares, de esta u otra Institución, siempre que su contenido y nivel sean mayores o iguales que los de la asignatura en cuestión: puntaje similar al párrafo anterior.
- Concurso en otras materias, en la misma orientación: serán evaluados hasta en un 80% (ochenta por ciento) de los anteriores.
- Concursos en materias de otra orientación: hasta en un 30% (treinta por ciento) de los primeros.
2.2 Docencia Curricular. Este rubro es el destinado a evaluar la experiencia docente
- antigüedad calificada – en cursos ordinarios de la Facultad, otras Facultades o Escuelas, Instituciones Públicas nacionales, o Públicas y Privadas Extranjeras de nivel superior.
También se evaluará la actuación docente en otras ramas de la enseñanza atendiendo a la semejanza de la asignatura.
La docencia privada-particular será debidamente considerada, en la circunstancia de que el aspirante se haya visto impedido de ejercer la docencia en Instituciones Públicas o Privadas habilitadas.
Se estima que el máximo de puntaje deberá establecerse por un buen desempeño en más de 10 años. Lo que se evaluará hasta 10 (diez) puntos. Luego de este período una mayor antigüedad no dará lugar a acumulación de puntaje.
Los puntajes máximos de antigüedad calificada, según los años de actuación se regirán de la siguiente forma:
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AÑOS DE ACTUACIÓN |
PORCENTAJE MÁXIMO |
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De 0 a 2 años |
40% |
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Más de 2 a 4 años |
60% |
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Más de 4 a 6 años |
80% |
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Más de 6n a 8 años |
90% |
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Más de 8 a 10 años |
95% |
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Más de 10 años |
100% |
Para la docencia en otras materias de la misma orientación, la valoración será hasta 80% (ochenta por ciento) del anterior. Para otras materias, de otra orientación el puntaje máximo será hasta el 30% (treinta por ciento) del primero.
2.3 Docencia Extracurricular. Con este título se consideran las actividades de difusión a nivel de publicaciones didácticas. – libros de texto, apuntes, notas o de divulgación – libros y artículos – que haya realizado el aspirante. Asimismo se valorará el dictado de cursos, cursillos, conferencias, charlas y la participación en congresos, seminarios, mesas redondas, jornadas en calidad de disertante.
3-INVESTIGACIÓN
En este rubro se considerará la actuación científica, midiendo el aporte del aspirante a la producción de conocimientos originales, sea como integrante de un equipo, sea en la elaboración de investigaciones científicas individuales.
La documentación a tener en cuenta serán: tesis, monografía, artículos en publicaciones científicas, comunicaciones de instituciones universitarias o de investigación, etc.
La puntuación máxima será de 10 (diez) puntos.
4-ACTUACIÓN PROFESIONAL
El apartado se refiere, como su nombre lo indica, a la actividad de asesoramiento, dirección, ejecución de tareas cuya complejidad implique la capacidad de un egresado universitario para llevarlas a cabo.
Se tomarán en cuenta el desempeño de cargos públicos o privados, la realización de misiones internacionales, el trabajo como profesional liberal, etc. No son puntuables las designaciones o ascensos en cargos estatales o paraestatales en el período comprendido entre el 27 de junio de 1973 y el 1 de marzo de 1985, pero sí la labor desarrollada en su desempeño.
La puntuación máxima será de 6 (seis) puntos, distribuidos en específica 4 (cuatro) e inespecífica 2 (dos).
5.-
EXTENSIÓN
Se incluyen las tareas de divulgación en medios masivos de difusión-prensa, radio, televisión – que tengan alguna relación con la asignatura llamada. Comprende también a las actividades de extensión en el medio rural o urbano, que aporten conocimientos emanados de la docencia e investigación.
El puntaje máximo en este rubro será de 6 (seis) puntos, discriminados de la siguiente forma:
Actividades de extensión institucional: hasta 3 (tres) puntos.
Actividades de extensión libre: hasta 3 (tres) puntos.
6.- OTROS
Se incluyen en el numeral otros aspectos que a juicio de la Sub Comisión coadyuven a mejor desempeño docente del aspirante.
En particular, la actuación en organismos democráticos de gobierno, de instituciones educativas o culturales. Institucionales de divulgación científica, gremiales, colegios profesionales, etc. Otras actividades que hacen a la formación personal, podrán tenerse en cuenta.
El puntaje máximo será de 5 (cinco) puntos.